No. Al 22 de septiembre de 2026, la prórroga de la Ley 21.719 no era ley: el Boletín 18.623-07 sigue en primer trámite en el Senado y propone trasladar la vigencia al 1 de diciembre de 2027. Mientras no se publique en el Diario Oficial, la fecha legal en Chile es el 1 de diciembre de 2026.
Lo esencial en 30 segundos
- La fecha legal vigente sigue siendo el 1 de diciembre de 2026: la prórroga es un proyecto, no una ley.
- Al 22 de septiembre de 2026, el proyecto seguía en primer trámite constitucional en el Senado, con urgencia «suma».
- Propone trasladar la vigencia al 1 de diciembre de 2027 y subir el Consejo Directivo de la Agencia de tres a cinco consejeros.
Estado de tramitación revisado al 22 de septiembre de 2026. Este resumen distingue la fecha establecida por la ley de los cambios propuestos en el Boletín 18.623-07. Si quieres el panorama completo, parte por nuestra guía sobre la ley de protección de datos en Chile.
¿Se postergó la entrada en vigencia de la Ley 21.719?
Al 22 de septiembre de 2026, no. El Boletín 18.623-07 propone el 1 de diciembre de 2027, pero es un proyecto en primer trámite en el Senado. La fecha establecida por la Ley 21.719 sigue siendo el 1 de diciembre de 2026.
¿Qué cambia el artículo único del proyecto?
El proyecto tiene un artículo único con cuatro numerales, más dos disposiciones transitorias propias. El numeral 1 modifica el artículo 30 quáter: sube la integración del Consejo Directivo de la Agencia de tres a cinco consejeros, mantiene los seis años de mandato sin nuevo periodo, sustituye la renovación «de forma individual, cada dos años» que ya contempla el texto vigente por una renovación «parcial» cada dos años —coherente con pasar de tres a cinco— y eleva el quórum de dos a tres consejeros.
| Materia | Texto vigente de la Ley 21.719 | Lo que propone el proyecto |
|---|---|---|
| Entrada en vigencia | Día primero del mes vigésimo cuarto posterior a la publicación: 1 de diciembre de 2026 | 1 de diciembre de 2027 |
| Integración del Consejo Directivo | Tres consejeros | Cinco consejeros |
| Quórum del Consejo | Dos consejeros | Tres consejeros |
| Mandato y renovación | Seis años, sin nuevo periodo, con renovación individual cada dos años | Seis años, sin nuevo periodo, con renovación parcial cada dos años en lugar de individual |
| Primera designación del Consejo | Seis meses antes de la entrada en vigencia | A más tardar doce meses antes de la entrada en vigencia |
| Amonestación escrita de los primeros doce meses | Solo para empresas calificadas como de menor tamaño | Para todos los obligados por la ley, manteniendo su carácter facultativo |
¿Qué es el Boletín 18.623-07 y en qué trámite está hoy?
El proyecto ingresó al Senado el 1 de septiembre de 2026 y pasó a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (y a la de Hacienda, en su caso). Al 22 de septiembre de 2026 seguía en primer trámite constitucional, a la espera del primer informe de esa comisión, y el Ejecutivo le había renovado la urgencia «suma». Su presentación no modifica por sí sola la fecha de entrada en vigencia.
| Dato | Valor |
|---|---|
| Boletín | N° 18.623-07 |
| Origen | Mensaje del Presidente de la República (N° 110-374) |
| Firma | 31 de agosto de 2026, Santiago |
| Ingreso | 1 de septiembre de 2026, Senado |
| Trámite | Primer trámite constitucional |
| Comisión | Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (primer informe) |
| Estado al 22 de septiembre de 2026 | En tramitación, con urgencia «suma». No es ley. |
¿Qué hacer ahora? La respuesta no es esperar
La propuesta no elimina las obligaciones de protección de datos. Conviene continuar la preparación y revisar la tramitación antes de cambiar el calendario de cumplimiento.
- Mantener el 1 de diciembre de 2026 como fecha de planificación hasta que exista publicación en el Diario Oficial.
- Levantar el inventario de tratamientos y las bases de licitud: es el cimiento de todo lo demás y no depende de ninguna prórroga.
- Preparar la información del artículo 14 ter y los procedimientos de atención de derechos ARSOP.
- Revisar los contratos con encargados y el régimen de las transferencias internacionales.
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¿Qué es el Boletín 18.623-07?
Es el proyecto de ley que modifica la Ley 21.719. Se inició en mensaje del Presidente de la República, se firmó el 31 de agosto de 2026 e ingresó al Senado el 1 de septiembre de 2026. Contiene un artículo único con cuatro numerales y dos disposiciones transitorias.
¿Qué pasaría con la amonestación escrita del primer año?
Hoy el artículo sexto transitorio limita esa facultad de la Agencia a las empresas calificadas como de menor tamaño durante los primeros doce meses de vigencia. El proyecto elimina la limitación y la haría aplicable a todos los obligados por la ley. Sigue siendo facultativa y se incorpora en el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento.
¿Los reglamentos de la Ley 21.719 también se postergaron?
No. El marco reglamentario avanza por separado: el Decreto 662 del Ministerio de Hacienda, que regula la implementación, certificación, registro y supervisión de los modelos de prevención de infracciones del artículo 49, se publicó en el Diario Oficial el 9 de septiembre de 2026.
¿Cuál es hoy la fecha de entrada en vigencia de la Ley 21.719?
El 1 de diciembre de 2026. Así lo fija el artículo primero transitorio de la Ley 21.719, publicada el 13 de diciembre de 2024. El Boletín 18.623-07 propone reemplazarla por el 1 de diciembre de 2027, pero ese cambio solo operaría si el proyecto se aprueba, se promulga y se publica en el Diario Oficial.
¿Por qué el Gobierno propone postergar la Ley 21.719?
Según el mensaje presidencial, la entrada en vigencia debe coincidir con la instalación efectiva de la Agencia de Protección de Datos Personales, y su Consejo Directivo aún no existe: el 19 de mayo de 2026 el Senado rechazó la propuesta de consejeros por 19 votos a favor y 12 en contra, cuando se requerían dos tercios de los senadores en ejercicio.
¿Qué cambiaría en el Consejo Directivo de la Agencia?
Pasaría de tres a cinco consejeros y el quórum, de dos a tres. La renovación cada dos años ya existe en la Ley 21.719; el proyecto la cambia de «individual» a «parcial». La primera designación se haría a más tardar doce meses antes de la vigencia, con mandatos escalonados: dos consejeros por dos años, dos por cuatro y uno por seis.
¿Qué significa que el proyecto esté en primer trámite constitucional?
Que sigue en su cámara de origen, el Senado, donde espera el primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Para regir debe aprobarlo el Senado y la Cámara de Diputados, y luego promulgarse y publicarse en el Diario Oficial. Hasta entonces, la fecha de la Ley 21.719 no cambia.
¿Conviene esperar a que se apruebe la prórroga para empezar a cumplir?
No es prudente. Mientras el proyecto no sea ley, las obligaciones de la Ley 21.719 rigen desde el 1 de diciembre de 2026. Además, el marco reglamentario ya avanza: el Decreto 662, que regula los modelos de prevención de infracciones, se publicó el 9 de septiembre de 2026. Adelantar el diagnóstico reduce el riesgo en cualquiera de los dos escenarios.
Fuentes oficiales
- Ley 21.719 — texto oficial, Biblioteca del Congreso Nacional
- Ley 19.628 consolidada con las modificaciones de la Ley 21.719 (versión vigente desde el 1 de diciembre de 2026)
- Decreto 662, Ministerio de Hacienda — reglamento de los modelos de prevención de infracciones
- Seguimiento de la tramitación de proyectos de ley — Senado de la República de Chile
- Senado de Chile — nota “Desestiman propuesta de consejeros para la Agencia de Protección de Datos”
- Diario Oficial de la República de Chile
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal para un caso particular.